Creo que no hay colectivo más afligido por el sistema judicial que el de las personas con discapacidad y ello a pesar de que toda la legislación, desde la de mayor rango (Art. 49 de la Constitución ) hasta la inferior, proclaman abiertamente su intención de protegerlos.
Yo me pregunto si se puede llamar “proteger” al hecho de que una persona discapacitada, que puede estar viviendo normalmente bajo la honrosísima “Guarda de hecho” de sus familiares o de una Institución y se plantee la necesidad o conveniencia de vender un bien inmueble sobre el que acaso aquél no ostente más de una quinta, décima o vigésima parte, tenga que recorrer un verdadero calvario judicial que concluye con una subasta del inmueble que, en la mayor parte de los casos, se adjudica por un precio notablemente inferior al de mercado.
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