El derecho es el principal instrumento de cambio social.
La suma de esfuerzos lograda
entre el movimiento asociativo de familiares y allegados a personas con
discapacidad intelectual o trastorno mental, el de los propios usuarios y el de
los profesionales de distintos ámbitos que trabajan al servicio de estas
personas, ha conseguido, no solo excluir de la reciente reforma del Código
Penal las nocivas propuestas relativas a las medidas de seguridad, sino que además,
se ha aprovechado la reforma para poner en consonancia el Código Penal con los
conceptos y directrices de la Convención de la ONU sobre Derechos de las
Personas con Discapacidad (Nueva York – 2006).
Ocurre que, respecto del Código
Civil, la adaptación sigue pendiente.
Los preceptos del vigente Código,
así como de la Ley de Enjuiciamiento Civil, no facilitan la aplicación de los
ideales de la Convención.
Es preciso hacer llegar a
nuestros parlamentarios la necesidad de abordar la reforma de estos textos.
En la Asociación Española de
Neuropsiquiatría (AEN), el Grupo de Ética y Legislación estamos elaborando un
documento sobre “REFORMA DE LA LEGISLACIÓN CIVIL EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE
PERSONAS CON DISCAPACIDAD”, al objeto de que sirva de elemento de análisis y
debate que permita generar un estado de opinión capaz de impulsar la reforma.
El documento tiene dos partes:
PRIMERA PARTE:
SEGUNDA PARTE:
INSTRUMENTOS JUDICIALES DE
PROTECCIÓN
La primera parte es la que ahora
se publica.