sábado, 9 de noviembre de 2019

Nº.-117 CINE “JÓVENES ABOGADOS”: LA ANATOMÍA DE UN ASESINATO - Filmoteca de Andalucía - 16 Octubre 2019

La película plantea la relevancia jurídica de las emociones, en este caso, de la emoción causada por la ira, por la venganza causada por el ultraje a la esposa. 
¿Hasta qué punto la muerte del agresor por el marido es un hecho disculpable? ¿Qué efectos psicológicos se producen en la mente del que actúa por venganza? ¿En qué medida un Tribunal del Jurado se encontrará más proclive a admitirlo que un Tribunal profesional?
Son algunas de las cuestiones que plantea la película.
La relevancia de las emociones ha sido generalmente aceptada en los Códigos Penales cuando fueron causadas por motivaciones nobles como el amor, el honor, o el patriotismo y negadas cuando tuvieron su origen en motivaciones viles como la envidia, la codicia o la lujuria.

La relevancia va desde la exención de la responsabilidad, hasta la atenuación de la pena.
En nuestro derecho histórico es digna de reseñar la figura del “uxoricidio por adulterio” que conllevaba la exculpación o, en su caso, la imposición de una pena aliviada.

Entre los años 1944 y 1963 el Art. 428 del Código Penal contemplaba esta figura en los siguientes términos:

"El marido que, sorprendiendo en adulterio a su mujer matare en el acto a los adúlteros o a alguno de ellos, o les causare lesiones graves, será castigado con la pena de destierro.
Si les produjese lesiones de otra clase quedará exento de pena".

            GALERIA DE FOTOS

             

No hay comentarios:

Publicar un comentario