lunes, 4 de abril de 2011

5.- JURÍDICO - MENORES: ¿Qué significa interés del menor? (2002)

Tratándose de un concepto esencial en materia de Derecho de Familia, no ha sido formulado de manera científica, sino que es algo que se deja a la intuición o buen criterio del Juez.
El trabajo trata de aportar algunos criterios legales para su configuración.


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